jueves, 27 de diciembre de 2012

Fallo del día: CSJN- Constitucionalidad de la prohibición de actualización monetaria

ACTUALIZACIÓN MONETARIA
Constitucionalidad de la Prohibición. Indemnización laboral.
Hechos: La sentencia Cámara, al modificar parcialmente la decisión de grado, hizo lugar al reclamo de indemnización por despido sin causa y declaró la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la actualización monetaria, disponiendo el reajuste. Contra ese pronunciamiento, el Estado Nacional dedujo recurso extraordinario. La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó el fallo apelado.
1. El acierto o desacierto del la medida legislativa de mantenimiento de la prohibición de toda clase de actualización monetaria —en el caso, en relación a el monto de una indemnización por despido sin causa— escapa al control de constitucionalidad, pues, la conveniencia del criterio elegido por el legislador no está sujeta a revisión judicial. (De la sentencia de la Corte según la doctrina sentada en “Massolo” —20/04/2010; Fallos: 333:447— a la cual remite).
2. Los arts. 7 y 10 de la ley 23.928, que prohíben la actualización monetaria, constituyen una decisión clara y terminante del Congreso Nacional de ejercer las funciones que le encomienda el art. 75, inc. 11 de la Constitución Nacional de “hacer sellar la moneda, fijar su valor y el de las extranjeras”. (De la sentencia de la Corte según la doctrina sentada en “Massolo” —20/04/2010; Fallos: 333:447— a la cual remite).
CS, 2011/12/20. – Belatti, Luis Enrique c. F.A. s/ cobro de australes..
[Cita on line: AR/JUR/84377/2011]
[El fallo in extenso puede consultarse en Atención al Cliente o en laleyonline.com.ar]
CONTEXTO NORMATIVO DEL FALLO
Leyes nacionales 48 (Adla, 1852-1880, 364); 23.928 (Adla, LI-B, 1752); 25.561 (Adla, LXII-A, 44).
B. 56. XLVII.
Belatti, Luis Enrique c/ F.A. s/cobro de australes.


Buenos Aires, diciembre 20 de 2011
Vistos los autos: “Belatti, Luis Enrique c/ F.A. s/ cobro de australes”.
Considerando:
1º) Que la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, al modificar parcialmente la sentencia de primera instancia, hizo lugar al reclamo de indemnización por despido sin causa y, en lo que aquí interesa, declaró la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la actualización monetaria (art. 4º de la ley 25.561, art. 7º y concordantes de la ley 23.928 y art. 5º del decreto 214/2002) y dispuso que el crédito reconocido en autos debe reajustarse a partir de enero de 2002 y hasta su efectivo pago mediante la aplicación de los índices de precios al consumidor, nivel general, suministrados por el INDEC (fs. 211/216). Contra este pronunciamiento, el Estado Nacional dedujo recurso extraordinario, en el cual se agravió exclusivamente por la declaración de inconstitucionalidad de las referidas normas (fs. 226/244). El recurso fue concedido por encontrarse en juego la interpretación y alcance de la ley federal 25.561 (fs. 252).
2º) Que la apelación deducida es formalmente admisible porque en autos se ha cuestionado la interpretación y aplicación de normas federales y la sentencia definitiva del superior tribunal de la causa ha sido contraria a su validez (art. 14, inc. 1º, de la ley 48).
3º) Que esta Corte, en la causa “Massolo” (Fallos: 333:447) se pronunció sobre la constitucionalidad de las normas aquí cuestionadas, por lo que cabe remitir a los fundamentos y conclusiones expuestos en dicho fallo, especialmente en los considerandos 11 a 16, por razones de brevedad.
Por ello, y resultando inoficioso que dictamine el señor Procurador General de la Nación, se declara admisible el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada en cuanto fue materia de recurso. Con costas. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo fallo con arreglo al presente. Notifíquese y devuélvase. — Elena I. Highton de Nolasco. — Carlos S. Fayt. — Juan Carlos Maqueda. — E. Raúl Zaffaroni.
publicado por http://thomsonreuterslatam.com/jurisprudencia/03/04/2012/fallo-del-dia-csjn-constitucionalidad-de-la-prohibicion-de-actualizacion-monetaria

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