¿JURÍDICAMENTE, ES MÁS IMPORTANTE LA VIDA DE LA MADRE O DEL FETO?
“El problema jurídico se plantea porque algunos consideran que el interés preponderante es, en todo caso, la vida dependiente, es decir, el feto, convirtiendo a la mujer embarazada en simple receptáculo de un ser superior al que deben rendirse todos los demás intereses en juego, incluidos los de la embarazada misma (su vida, su salud, su libertad, etc.). Otros, en cambio, consideran el interés preponderante es siempre el de la mujer embarazada, constituyendo el feto una simple prolongación del vientre de la mujer, carente por completo de protección al margen de la que merece la mujer misma.
La primera postura, coincidente con la oficial de la Iglesia Católica, defiende una penalización total del aborto provocado, sin ningún tipo de excepciones.
La segunda postura conduce consecuentemente a una despenalización total del aborto realizado con consentimiento de la embarazada, a la que se le reconoce un derecho absoluto a disponer de su propio cuerpo (“mi vientre me pertenece”)”.
Una opción intermedia toma en cuenta “excepciones a la punibilidad genérica del aborto que se acepta como punto de partida (Muñoz Conde F., Derecho Penal Parte Especial)”.
“El problema jurídico se plantea porque algunos consideran que el interés preponderante es, en todo caso, la vida dependiente, es decir, el feto, convirtiendo a la mujer embarazada en simple receptáculo de un ser superior al que deben rendirse todos los demás intereses en juego, incluidos los de la embarazada misma (su vida, su salud, su libertad, etc.). Otros, en cambio, consideran el interés preponderante es siempre el de la mujer embarazada, constituyendo el feto una simple prolongación del vientre de la mujer, carente por completo de protección al margen de la que merece la mujer misma.
La primera postura, coincidente con la oficial de la Iglesia Católica, defiende una penalización total del aborto provocado, sin ningún tipo de excepciones.
La segunda postura conduce consecuentemente a una despenalización total del aborto realizado con consentimiento de la embarazada, a la que se le reconoce un derecho absoluto a disponer de su propio cuerpo (“mi vientre me pertenece”)”.
Una opción intermedia toma en cuenta “excepciones a la punibilidad genérica del aborto que se acepta como punto de partida (Muñoz Conde F., Derecho Penal Parte Especial)”.
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