martes, 30 de abril de 2013

Qué es texto

Muchas veces se escucha usar la palabra
texto con diferentes significados o aplicaciones. En la vida escolar, a veces se dice texto como sinónimo de manual o libro científico; también, el término suele ser sinónimo de publicación escrita.

Sin embargo, para la Lingüística el concepto de
texto es mucho más amplio. Abarca toda producción que tenga sentido y finalidad comunicativa, que puede ser tanto verbal como no verbal (una obra pictórica puede ser considerada como texto). A la vez, se deben cumplir ciertos rasgos para que un texto sea estudiado como tal, como se verá.

Uno de los aspectos centrales para reconocer un texto es la
unidad comunicativa; así, un conjunto de palabras o la sucesión de imágenes no conforma un texto. Puede haber yuxtaposición de fragmentos, pero si el destinatario no puede –en un contexto ideal- reconocer esa suma de elementos como un mensaje, o su enunciador no ha previsto una finalidad o sentido, no podemos hablar de texto.

Pensemos en una historieta: ¿qué pasaría si a lo largo de una tira cómica cada cuadro muestra un dibujo con personajes nuevos, se ve un diseño de tipografía diferente, o va cambiando de tema? Seguramente se trataría de un error de impresión: allí no hay comunicación. Lo mismo sucede si en un escrito –pongamos por ejemplo una respuesta de examen- cada frase está mal encadenada con la anterior, salta de tema, no retoma el concepto eje… entonces diríamos que es incoherente, que le falta unidad.

Precisamente, la

coherencia es el rasgo que mejor define al texto, y está directamente vinculado al concepto de unidad comunicativa. Ser coherente significa avanzar en la comunicación según un eje, que asegura que cada elemento está al servicio del tema global.

La coherencia verbal se debe cumplir tanto en textos escritos como orales. Todos tenemos la experiencia de haber escuchado alguna vez una exposición imposible de seguir y de comprender, esa en la que el hablante avanza sin un hilo conductor generando un verdadero problema textual, la incoherencia.

Aparte de esa situación, que se hace confusa e incomprensible, sabemos que existen otras ocasiones en las que algunos no entienden nada mientras que otros participantes se muestran cómodos siguiendo la comunicación. ¿Por qué sucede esto? Porque el

contexto ejerce un papel fundamental a la hora de completar el sentido del mensaje. El contexto es el entorno cultural en que se produce un texto, el marco espacial y temporal que aporta significados tanto a la hora de producir como de comprender un mensaje. El contexto estará teñido de unas maneras de ver el mundo en un momento determinado, para una comunidad que comparte una cultura (un modo de entender la sociedad, la economía, la religión, la ideología política, etc).

Así, una viñeta humorística de un periódico será claramente cómica o irónica para un lector que entiende las alusiones, mientras que un foráneo puede quedarse sin captar ninguna gracia en ella. Veamos dos ejemplos. El
Lengua – Marcela Farré | 3

primero, del caricaturista cordobés Claudio Furnier (
La Voz del Interior, 5/10/2011).

Lo primero que un lector se preguntará (imaginemos un extranjero o un niño) es
qué es el Indec. Pero una vez conocido el dato, no será suficiente para entender la referencia crítica. Sólo participando del contexto podremos alcanzar el sentido completo del texto. Así, se trata de un mensaje que está inmerso en un espacio -la Argentina- caracterizado por la constante inflación. Por su parte, el tiempo nos ubica en el gobierno de la actual presidenta Cristina Fernández de Kirchner, en el cual el Indec (Instituto Nacional de Estadística y Censo) está cuestionado por publicar índices inflacionarios que difieren de la experiencia real de los consumidores argentinos. Además de esto, el contexto aporta otros datos, como es la confrontación entre la vida real del ciudadano y las publicaciones textuales del gobierno en los medios. Ambas posiciones parecen encarnadas en los personajes, el ejecutivo (que repite el dato sin cuestionarlo) y el joven del bar, el comerciante, que lo rechaza.

El mensaje es una crítica a la falta de verdad, y en él su autor se compromete con los lectores al reconocer y denunciar su padecimiento real. Por eso, para entenderlo humorísticamente, debemos participar de otros rasgos contextuales más: información de actualidad y experiencia actual también; las ideologías políticas en juego; la función del escritor humorístico dentro de un medio gráfico; etc.

Veamos otro ejemplo, este de referencia transnacional (de Damián Pérez Santos, diario

Los Andes, 22/9/2011).

En la viñeta el humor se enmarca en un contexto de conflictos en Libia. El
espacio geográfico es el país árabe, pero incluye en ese espacio simbólico Lengua – Marcela Farré | 4

del texto a los países occidentales capitalistas. El
tiempo de las acciones remite a la crisis del gobierno libio, que padece conflictos internos cuyo origen está en los intereses de países poderosos que aprovechan su máximo bien, el petróleo. Sólo conociendo esta información podemos entender el humor irónico de la historieta. En ella, todos los elementos (códigos lingüísticos e icónicos) activan esos saberes contextuales para poder inferir el mensaje. Frente al personaje libio, pequeño y solo, el camión se muestra poderoso y temible, con unos rasgos de fiera. La patente que lo identifica es la de la comunidad europea junto a la de la OTAN (Organización del Tratado del Atlántico Norte). Se ve la contradicción lingüística entre el trato explícito al "amigo" y el cambio brusco de tema que lleva al verdadero interés, su bien propio, el combustible. El personaje árabe muestra temor.

El texto de este periodista gráfico es, por tanto, crítico con la posición histórica de las grandes potencias occidentales y añade una información a los lectores: que la mediación "amistosa" de ellos en los recientes conflictos internos de Libia responde a intereses egoístas.

Algo más: esas referencias espaciales y temporales que se activan en los lectores son posibles gracias a ciertos

mecanismos internos del texto, que mueven a buscar información en otro lugar, externo, contextual. Por ejemplo, las alusiones intertextuales (cuando un texto "cita" o alude a otro está trayendo a la mente todo su significado). En este caso, los colmillos "citan" a un animal salvaje; o el cartel a la conocida "Cuba libre", dominada por Estados Unidos.

De este modo, se ve cómo la comprensión de los textos no está de ninguna manera garantizada por conocer el código (entender el idioma o los dibujos). El contexto es ineludible para completar el sentido de lo que se quiere comunicar. Por eso, cuantas más competencias o saberes culturales dominemos, estaremos mejor preparados para comprender textos complejos.

Estar mejor informados, conocer aspectos esenciales de las ciencias y del arte, tener mayor interés por las doctrinas de pensamiento de la historia y por personajes emblemáticos de nuestra cultura nacional y universal… todo esto facilita enormemente el objetivo de aprender y avanzar. Y esto ocurre en todos los campos.

Tus clases universitarias te colocan en un nuevo contexto. Es un ámbito de mayor formalidad, con un uso lingüístico de registro formal, no familiar, y además incorpora la jerga específica de tu área del saber. Estarás en relación con más personas y tus comunicaciones, por tanto, implicarán significados nuevos. Poner atención a todos estos mecanismos textuales te ayudará a meterte con éxito en todos ellos.


1.2- Textos escritos y orales. Rasgos diferenciales Lengua – Marcela Farré | 5

Todo lo que hemos dicho como rasgos del texto se aplica tanto a las producciones escritas como orales. En ambas se emplea el código verbal con el objeto de establecer una comunicación, y en las dos este código apela a otros para completar su significado. Veamos, entonces, las diferencias de uso y de estrategias para poder comprender mejor cada mensaje que nos llega y para ser más eficaces nosotros también en nuestros intercambios. DISCURSO ORAL

DISCURSO ESCRITO

Es espontáneo

Es reflexivo

Es simultáneo al pensamiento

El pensamiento lo precede

Es imprevisible en su orden

Permite un orden estratégico

El proceso puede inducir al hablante a cometer errores

Las ideas pueden precisarse antes de ser dichas

Posibilita corregir el mensaje durante el proceso de habla

No permite variaciones o precisiones una vez comunicado al lector

El mensaje se completa por diversos canales de comunicación

El mensaje se fija en la palabra y otros aspectos gráficos

El oyente participa de la construcción simultánea del mensaje

El lector reconstruye a partir de lo que ya ha sido fijado

martes, 23 de abril de 2013

Los albores del derecho.
El hombre primitivo se desarrollo en tres campos: cuerpo, inteligencia y organización social. De las primeras dos facetas conservamos pruebas "tangibles" en su mayoría de cómo se desarrollaron, sin embargo de la tercera sólo puede hacerse un análisis de modo indirecto, realizándolo por medio de analogías, observando lo que sucede en los modernos grupos primitivos y entre animales evolucionados.
Los primeros aspectos jurídicos de la vida primitiva son los referentes a las costumbres relacionadas con la convivencia sexual y ligadas a ella con la jerarquía dentro del grupo de los que conviven sedentariamente o que forman parte del mismo grupo nómada. Ya que los homínidos comienzan su existencia con un prolongado período de ayuda y protección, esto crea una relación "social" entre la madre y los hijos, surge así alrededor de la madre un grupo social jerarquizado.
Al carecer el hombre de ciclos de actividad sexual, como los demás animales, y vivir con un constante deseo, se hizo necesaria la presencia continua de la mujer junto al hombre, esto conjuntado al problema expuesto en el párrafo anterior pudo ser el origen de una verdadera "familia".
"Que en ella haya existido afecto entre padre e hijos, comparable al que suele existir entre los hijos y la madre, es poco verosímil: el amor paternal parece ser un agregado bastante tardío a la convivencia humana."
Es seguro que el hombre del paleolítico haya conocido el sistema exogámico para los matrimonios de grupo o para sus otras formas de convivencia sexual, este sistema va siempre combinado con ciertos tabúes y con el totemismo.
"Así el derecho de familia, la jerarquización dentro del grupo y el derecho penal (totemismo) se desarrollan juntos en íntima relación con la magia y las religiones primitivas."
La transición hacia la agricultura, esto es, hacia el sedentarismo, obliga al hombre primitivo a formar comunidades en las que la ayuda mutua permite vencer la resistencia de la naturaleza es así como surgen las ideas jurídicas de propiedad y posesión. Al paso del tiempo las comunidades primitivas se convierten en países, y de las luchas de los diversos países surgen esclavos y amos, esto es: la estratificación social, al mismo tiempo que el "derecho internacional".
Las antiguas aldeas, ahora grandes ciudades se ven obligadas a diversificar su producción para competir en un mundo primitivamente capitalista, lo que permite una división del trabajo y por tanto propicia el surgimiento del comercio, y es aquí al fin donde encontramos los primeros documentos jurídicos, escritos en alfabeto cuneiforme que tratan sobre dichas actividades lucrativas.
Pero tal vez, lo que realmente marca a la historia del Derecho, es el momento es que se busca mantener un documento de forma permanente, grabándolo en materiales que resistan con facilidad el paso de los años.
Es tal vez el código de Hamurabi el más famoso de los que se conoce en la actualidad, sin ser el primero, ya que los sumerios han dejado huella profunda, aunque escasa, de su sistema de derecho.
Este código que "después de una pomposa introducción mística, llena de autoalabanzas..." contiene 280 preceptos de los cuales 60 no se entienden en lo absoluto, nos hace encontrar algunos conceptos sobre deudas, delitos (ley del talión), matrimonio, divorcio, patria potestad, derecho sucesorio y contratos de comisión, de prestación de servicio y arrendamiento.
Parecería maravilloso el legado jurídico de este documento, sin embargo, al compararlo con los pocos documentos de este tipo que se poseen de los sumerios sólo nos demuestra que es un código mal sistematizado que marca un retroceso en el ejercicio del Derecho, ya que los sumerios manejaban ya en sus textos la reparación del daño, elemento que desaparece en el código de Hamurabi.
Y de aquí en adelante podríamos adentrarnos en múltiples comentarios sobre los sistemas legales que imperaron en el mundo antiguo, podríamos analizar al derecho egipcio, cuya cúspide jurídica era la cúspide administrativa o al derecho hitita que se maneja por normas aisladas o tal vez al derecho hebreo, fantástico por la simbiosis que se produce entre su religión y su Ley.
O ¿por qué no? Revisar el derecho de los olmecas, teocrático y donde la mujer no gozaba de ningún status, o el derecho maya que jugaba a la cuerda floja entre el perdón del ofendido o la ley del talión, o el rarísimo derecho chichimeca, de triunviratos y residencias matrilocales, o el derecho azteca, que se alimentó de la sabiduría tolteca y donde la posesión de la tierra, las clases sociales, y por supuesto la familia, estaban perfectamente regulados. Sino, finalmente hundirnos en el derecho español híbrido de derecho romano y derecho canónico que se deformo en México porque tuvo que adaptarse a las costumbres del país.
Sin embargo, es preferible entrar directo a la base teórico-histórica del Derecho Contemporáneo: el Derecho Romano.
2. El Derecho Romano.
Gran parte de las normas jurídicas modernas son de origen romano, ya sea por sus raíces históricas en occidente, sea por la occidentalización que han sufrido algunos derechos de oriente. La aportación en materia jurídica de Roma al mundo ha sido principalmente en materia de derecho privado al igual que en materia técnica jurídica.
Así que corresponde ver lo útil que es aún el estudio del Derecho Romano en los tiempos modernos:
Utilidad Histórica. Nuestro derecho actual, tiene por orígenes las costumbres y el Derecho Romano, títulos enteros del código civil, en especial lo tocante a las obligaciones, han sido sacados de esta fuente.
Modelo. Ya que poseemos no sólo las leyes, sino las aplicaciones que los jurisconsultos romanos hicieron de estas, las cuales se distinguen por una lógica impecable, llenas de análisis y deducción, nos permiten observar la perfección en la interpretación jurídica, deseable en todo jurista moderno.
Auxiliar. Ya que a excepción de Inglaterra, las legislaciones europeas han pedido prestadas más de una ley al Derecho Romano para fundamentar sus respectivos códigos, lo que hace que el resto del mundo colonizado por las potencias europeas sienten las bases de sus respectivos sistemas legales en la misma fuente.
Marco Teórico. Ya que el conocimiento del Derecho Romano, es indispensable para comprender la evolución sociológico cultural del Imperio Romano.
Es entonces necesario conocer los sistemas jurídicos en el mundo:
Sistema De Derecho Romano - Germánico. Es a este sistema al que pertenece el Derecho Mexicano, "se caracteriza porque la norma de derecho se elabora inicialmente, y se aplica posteriormente a los problemas que la práctica presenta..."
Sistema anglosajón. La cultura inglesa nace de la fusión de la nobleza normanda con la población anglosajona, esta última provista de sangre romana, lo cual logra a unificación del derecho a través de las decisiones de los tribunales reales de justicia en detrimento delas costumbres locales, para solucionar este defecto los particulares se dirigían al rey, que por medio de su "confesor - canciller" suavizaba las normas, como siglos antes lo hiciera el "pretor" romano. Este sistema se ha transmitido a las colonias inglesas en el mundo.
Sistemas Socialistas. Ubicados principalmente en Europa oriental, originalmente se formaron con elementos romano-germánicos, pero que después de 1917 se han transformado de acuerdo a la corriente socialista.
Sistemas de extracción filosófica. Derechos como el hindú, musulmán y japonés, que sin embargo se han ido occidentalizando hasta parecerse en mucho al romano-germánico.
Ulpiano afirma que los preceptos del derecho son: vivir honestamente, no hacer daño a otro y dar a cada uno lo suyo, estas son consideradas tres verdades del orden moral. La última de ellas alude entonces a la noción de justicia que da sustancia al orden jurídico.
Para los romanos, la justicia era el criterio práctico conforme al cual se logra una verdadera y sana ordenación en el seno de la comunidad, lo que permite resolver el concreto y específico problema presentado ante los tribunales. La equidad, entonces, se convierte en la justicia del caso concreto, aquí la equidad se convierte en el criterio corrector para adaptar el derecho a los problemas de la vida.
Notamos entonces que toda la evolución del derecho romano privado se reduce a dotar de equidad a las soluciones rigurosas y formalistas del derecho civil. Aquí podemos hacer notar algo importante, ya que la equidad y el derecho natural son conceptos griegos, resalta la aportación romana al derecho: la "humanitas". Humanitas es lo que nos permite apreciar el valor y la dignidad de la persona humana, concepción que influirá después en el catolicismo.
El mismo autor, Ulpiano, define a la jurisprudencia como la ciencia del derecho, afirmando que es la ciencia del conocimiento de las cosas divinas y humanas así como la ciencia de lo justo y lo injusto, la prudencia jurídica está en la base de la resolución que permite al juez dar una satisfactoria sentencia.
Entendidos los conceptos anteriores estamos capacitados para comprender el derecho público y el derecho privado romano, es el primero el que se refiere a la organización del Estado, los que son propios de la ciudad o del imperio, el segundo es aquel que se refiere a la utilidad de los particulares. Es el derecho Romano el que presenta por primera vez este bifrontismo.
El Derecho civil es el propio de los ciudadanos, cada persona se rige por el derecho de su ciudad, sea cual fuere el lugar en el que se encuentre. El derecho civil romano se vio fuertemente afectado por las conquistas del imperio, lo que le permite humanizarse gracias al comercio internacional, surgiendo así los negocios y los juicios de buena fe. Lo que nos recuerda un poco las bases del derecho helénico, esto es, el derecho natural. Es momento entonces de introducirnos a los conceptos del derecho contemporáneo.
3. La sociedad y el derecho
"La sociedad humana es la unión de una pluralidad de hombres que aúnan sus esfuerzos de un modo estable para la realización de fines individuales y comunes; dichos fines no son otros que la consecución del bien propio y del bien común."
Esta frase nos indica el necesario establecimiento de las relaciones sociales, vitales para el desarrollo de la sociedad y del individuo. Dichas relaciones pueden ser de "parentesco", de trabajo, etc. Sin embargo la más grande de ellas es el Estado. Esta vida social necesita ser organizada y regulada, y es el Derecho quien se encarga de este trabajo, rigiéndola por una serie de normas o mandatos.
Así la "conducta" individual está sometida a imperativos o mandatos, mejor llamados normas. Estas normas surgen generalmente como consecuencia de la vida social y son de diversa naturaleza:
Normas Técnicas. Previenen la forma más adecuada de hacer las cosas. Quien la viola recibe una sanción: el fracaso.
Normas de etiqueta. Las impone el decoro, el amor propio u otros sentimientos de un grupo social. Su sanción: la vergüenza pública, la risa y la burla.
Normas Morales. Son de orden individual o social, constituyen deberes elementales impuestos por los sentimientos de moralidad del grupo social para su propio bienestar. Su sanción: el remordimiento o el desprecio social.
Normas religiosas. Son los preceptos dictados por Dios. Sanción: castigo en la vida eterna.
Normas Jurídicas. Rigen y coordinan la conducta social del individuo.
Ya que las relaciones sociales no se desenvuelven siempre de un modo natural y armónico es necesario imponer un orden, por esto nace el Derecho, para brindar armonía en la vida social, ya que el orden no se recomienda, se impone. El fin esencial del Derecho es la realización de la armonía en la vida del hombre, esto nos permite notar que el Derecho surge del individuo y que en recíproca relación el individuo ve normada su vida desde antes de su nacimiento.
Sin embargo ¿qué significa norma? En un sentido amplio se refiere a "toda regla de comportamiento", obligatoria o no, en un sentido más estricto, aplica a "la que impone deberes o confiere derechos".
Para poder continuar con el tema es necesario tener presente otra definición "ley natural.- es un juicio que representa relaciones constantes entre fenómenos."
Comparando: la finalidad de la ley natural es la explicación de relaciones constantes entre fenómenos, el fin de las normas es provocar un comportamiento. Las leyes naturales implican la existencia de relaciones necesarias entre fenómenos, el supuesto filosófico de toda norma es la libertad de los sujetos a quienes obliga. Una ley natural es válida cuando es verdadera.
Ya podemos entonces imaginar al Derecho como un conjunto de normas que se aplican a las relaciones del hombre que vive en sociedad, estas normas jurídicas constituyen un elemento superior de orden que evita los conflictos, fijan los límites de la conducta individual y concilian los intereses antagónicos.
Dichas normas son impuestas por el Estado y es éste quien las vuelve obligatorias, ya que les da fuerza coactiva, es decir, crean no sólo deberes sino facultades, por esto se dice que son bilaterales.
Uno de los tipos de norma jurídica creada por el Estado es la Ley, el conjunto de leyes en un país forman el derecho escrito de él. Esta como todas las normas jurídicas poseen una sanción que las hace eficaces, estas sanciones pueden ser de orden: administrativo, civil y penal.
El Derecho está fuertemente ligado a la moral sin embargo hay diferencias que nos permiten no confundirlos: El derecho rige únicamente las relaciones del individuo con sus semejantes, el Derecho prohíbe dañar los intereses ajenos, aunque excepcionalmente prescribe hacer el bien, las reglas del Derecho están sancionadas por el poder público, que, en ocasiones, emplea la fuerza para hacerlas cumplir, y finalmente, las reglas del Derecho no obligan si no han sido dictadas, promulgadas y sancionadas por el poder público.
Derecho viene del vocablo latino "directum" que significa "lo que está conforme a la regla, es decir, lo que no se desvía ni de un lado ni otro." Existen varios tipos de Derecho:
Positivo. Conjunto de reglas o normas jurídicas en vigor, en un lugar y en una época determinados.
Natural. Es común a todos los hombres y los pueblos, surge de la propia naturaleza del hombre, lo constituyen reglas y normas anteriores a toda ley escrita.
En sí el derecho se puede clasificar de la siguiente manera:
Subjetivo. Son facultades que el individuo tiene con relación a los miembros del grupo social al que pertenece y también con relación al Estado del que forma parte.
Objetivo. Es aquel que se elabora para regir los actos de los individuos, nos es opcional como el Derecho subjetivo, es totalmente impositivo.
Derecho:
-Subjetivo.
1. Derechos políticos
2. Derechos públicos
3. Derechos civiles
A)personales
B)patrimoniales.
Reales
De crédito.
-Objetivo o positivo
1.- Interno
A)público
Administrativo
Constitucional
Penal
A)penal
B)procesal
Procesal del trabajo
Agrario
-2. Privado
A)civil
B)mercantil
C)eclesiástico
-3.-Externo O Internacional
A)privado
B)público.
4. Bibliografía
Elementos De Derecho
Efraín Moto Salazar
Editorial Porrúa.
Introducción al estudio del derecho.
Eduardo García Maynez.
Editorial Porrúa.
Historia del derecho romano y de los derechos neorromanistas.
Beatriz Bernal - José de Jesús Ledesma.
Editorial Porrúa.
Derecho romano.
Eugene Petit.
Editorial Porrúa.
Introducción a la historia del derecho mexicano.
Guillermo F. Margadant S.
Editorial Esfinge.
Panorama de la historia universal del derecho.
Guillermo F. Margadant S.
Editorial Miguel Ángel Porrúa.



Autor:

José Luis Porras

publicado en http://www.monografias.com/trabajos6/order/order.shtml
Si elegi ser abogado ......como hago para estudiar la carrera de derecho:
 

1. Ir a la facultad lo imprescindible.

Si se entra al aula, ello debe ser porque lo que se explica debe ser digno de nuestra presencia o porque es necesario para aprobar. Uno sabe claramente con tan solo 15 segundos de escuchar al abogado que da la clase si ésta habrá de ser una buena inversión de tiempo o un calvario que –con suerte– derivará en una siesta (si la ubicación de nuestro pupitre lo permite).

Pero claro, la trampa de las asistencias y su régimen calienta bancos nos toma por detrás: muchas clases son malas pero lo peor es que hay que presenciarlas. Hay que ir y decir "presente" (los más atrevidos usan el "acá") para mostrar cuán firmes estamos en el seguimiento de la materia. ¡Vaya trampa! Lo primero que uno piensa en una situación así es "¡cuánto jugo podría sacarle a esta hora y media si estuviera en mi casa o en la biblioteca!".

Como sea, a no sufrir. Si se puede faltar las clases prescindibles, hacerlo. Pasar tiempo en la biblioteca o en el bufete con alguna lectura puede ser mucho más redituable y ayuda a no fastidiarse.

2. No pretender aprender y tener buenas notas al mismo tiempo

Acá el autor toca una fibra sensible. Y es que realmente queremos aprender Y tener buenas notas; gustamos de ellas, vigilamos el promedio. Pero sí es verdad que las notas no reflejan nada más que el azar y sólo en excepción refeljan el esfuerzo. Una nota es resultado de un conjunto de circunstancias que se reúnen en un lugar y en un tiempo determinado que permiten atribuir a nuestro conocimiento un valor numérico determinado. Tomás sabe 8 (ocho) de Administrativo. Cayo sabe 2 (dos) de Procesal Civil.

He aquí una obviedad: son injustas las notas, claro; pero también se puede tener gusto por ellas y tomarlas como un desafío. Buscarlas, ingenuamente, para lograr mejorarse a uno mismo. Si uno da un buen examen, cita a más autores de los dados, si cambia el libro de la cátedra por otro mejor, si menciona el artículo del Código pero también lo que dijo Vélez en su nota, si se hace un poquito más que la media todo eso redunda en un docente que –si se tiene suerte- lo habrá de notar, y actuará en consecuencia. Quienes escribimos este blog hemos festejado todo tipo de notas:

1. El 10 (diez) que sale del examen demasiado fácil. Vulgarmente conocido como "robo"
2. El 10 (diez) que sale del examen para el cual uno se preparó con empeño. Es el que más vale y el que uno más festeja.
3. El 2 (dos) inmerecido. Quién sabe qué pasó, mal día o mal humor del profesor. No se entiende el por qué.
4. El 2 (dos) merecido. Poco tiempo de estudio, cuestiones que impidieron preparar bien la materia: desinterés, problemas personales, coincidencia con fechas de otros parciales, etc.

En sumario: la nota que revela el esfuerzo es la excepción. Y ojo: vale la pena buscarla; si uno se esfuerza se puede vencer al azar e intentar tener un buen promedio. Esto último confiamos en que puede tener ciertos beneficios a futuro (acceso a alguna beca, trabajo, investigación, mero orgullo personal,etc.). Si bien el autor considera a las buenas notas y al aprendizaje una realidad casi incompatible nosotros preferimos no ser tan rigurosos. Simplemente no tenerlas como único fin ni deprimirse demasiado cuando ellas no hacen justicia.


3. No angustiarse con las preocupaciones de estudio ajenas. Aun siendo individual el aprendizaje, sumarse con otras personas o profesores en el camino


Este es un tema que surgió en algún comentario a una entrada de Gustavo Arballo en torno al por qué estudiar derecho. En ese momento decíamos algo así:

La clave para llevar una buena carrera no sólo es la elección de buenos cursos como dijo Ab [nos referimos a Alberto Bovino] sino la elección de buenos compañeros. Digo compañeros antes que amigos. Si aquéllos se transforman en éstos mejor. Pero la clave también es estar con gente que en un bufet de la facultad te haga sentir cómodo si discutís sobre bibliografía, papers, material, criticás a los profesores, y por supuesto estudiás (dentro de los límites acotados del estudio en grupo en derecho).




Y es así. El derecho se aprende solo. El estudio, a fin de cuentas, es individual. Pero el gusto por el estudio (de eso se trata este título) puede fomentarse con un grupo que incorpora la posibilidad de la discusión. De tratar temas y de intercambiar material. Eso ayuda. Y como dice el autor: no contagiarse de las preocupaciones o miserias estudiantiles ajenas. No es egoísmo, recordemos, es intentar hacer del estudio algo placentero. A fin de cuentas vamos a la facultad para aprender lo que, con suerte, nos dará de comer el día de mañana.

Al abogado que da clase no le interesa en lo más mínimo el alumno o las ganas de saber tal o cual detalle. Va, firma, da su catequesis en la hora y media, pregunta falsamente por alguna duda que alguien pueda tener y se va a hacer lo que verdaderamente le interesa (todo menos ser docente).

Pero el abogado docente sí responde cuando uno le pregunta. Sí presta libros cuando uno se los pide y sí responde el mail cuando uno se lo escribe. Damos fe de eso y creemos que ayuda mucho; inspira, motiva al alumno. Mario Pergolini siempre dice que hay mucho garca dando vueltas; nosotros decimos que hay muchos buenos docentes abogados dando vueltas también.


4. Consumir material no jurídico

Acá el autor pega en el blanco. La conciencia crítica y la sensibilidad frente a la realidad no se construyen leyendo sólo doctrina y jurisprudencia. Ver películas, novelas, cuentos, poesías, pinturas, músicas, todo ello hace al aprendizaje y a cierta madurez intelectual. Leer el diario, estar informado, saber qué pasa al rededor. Leer sus historietas, sus dibujantes, caricaturas. Ver algo de Kubrick o leer algo de Orwell puede llegar a ser un excelente complemento para el estudio, por ejemplo, de los derechos personalísimos en algún tratado de Derecho Constitucional. Consumir sólo material jurídico es el ticket directo al hastío.


Algunas aclaraciones

La distinción entre abogado docente y abogado que da clase nos pertenece y no se la imputamos al autor. El hecho de que un abogado vaya una facultad y le paguen por estar en un aula, no implica que se haga merecedor del rótulo de docente que, creemos, implica algo más que eso.

Sobre el autor, su libro, y lo demás.

¿Quién es Juan Ramón Capella? Es un catedrático de la Universidad de Barcelona, jurista, filósofo político y político filósofo. Acá hay algo más de info sobre él.

¿Dónde consigo el libro? Complicado. Puede que en alguna librería lo tengan, pero no tiene edición cercana. Lo edita Trotta en españa, por lo que conseguirlo acá es harto costoso (€).

* edit:

¿De qué trata el libro? Habla de los bienes de cultura (una visión marxista introductoria sobre la Universidad), las clases, los modos de aprendizaje, los profesores, estar en clase, los libros, los coeducadores principales, los seminarios, la ocupación del espacio cultural, exámenes aprobados desaprobados y las chuletas (machetes), la dificultad actual de la Historia del Derecho, la organización de la Licenciatura (recordar que allá uno se recibe de Licenciado en Derecho y sólo luego de matricularse se es abogado), cómo estudiar derecho sin hastiarse (fuente de la entrada), un brillante porvenir y las bibliografías. Hay pliegos con bromas, anécdotas, poesías, recomendaciones fílmicas y un enorme etc.


publicacion de la Universidad de Palermo.

domingo, 21 de abril de 2013

ETIMOLOGIA DE LA PALABRA ACTOS JURIDICOS
En nuestro codigo civil sabemos que se define a los actos juridicos como todo acto voluntario, licito, que tiene como fin inmediato producir efectos juridicos, esto es la adquisicion, modificacion, traslacion, o extincion de derechos y obligaciones.- Deriva del termino "Actus" que fue un termino empleado en Roma para designar todo acto productor de efectos legales. En el derecho romano designa un ius in re aliena (derecho real sobre una cosa ajena), consistente en una servidumbre real rustica de paso, que es definida por Justiniano en las Instituciones y en el Digesto, tomandolo de Ulpiano: ius agendi vel iumentum vel vehiculum, (derecho de conducir ganado o veh�culos) por una propiedad ajena al predio dominante.
Actus juridicialis: Acto juridico. Para que se de el acto juridico no basta con que haya un sujeto y un objeto con bastante capacidad, se necesita algo que los ponga en relacion, estableciendo un lazo o un vinculo que los una, haciendo pasar la relacion juridica del estado de posibilidad al estado de existencia. Este tercer elemento es un hecho, que por ser productor de efectos juridicos se denomina hecho juridico. Cuando este procede de la voluntad humana recibe el nombre de acto juridico. No es lo mismo acto juridico que hecho juridico. El acto juridico puede definirse como "el hecho dependiente de la voluntad humana que ejerce algun influjo en el nacimiento, modificacion o extincion de las relaciones juridicas".
Acto juridico, para los alemanes, "es una expresion o manifestacion de la voluntad dirigida a producir un efecto juridico (origen, cambio, defensa o extincion de alguna relacion de derecho) y apropiada para ello segun el derecho objetivo".
Los actos juridicos: licitos o ilicitos, justos o injustos, legales o ilegales, unilaterales o bilaterales, inter vivos (entre vivos) y mortis causa (por causa de muerte), gratuitos y onerosos, solemnes y no solemnes. Los actos conformes con el derecho objetivo se dividian antiguamente en stricti iuris y bonae fidei (de derecho estricto y de buena fe).
algunas paginas de la UNT-Grupos de materias carrera de derecho

PRIMER SEMESTRE

Civil I:

http://www.facebook.com/groups/258728387528384
Derecho Romano:

http://www.facebook.com/groups/101293303326280
Derecho Constitucional A:

http://www.facebook.com/groups/356286367718225
Derecho Constitucional B:

http://www.facebook.com/groups/306947812679639
Contratos:

http://www.facebook.com/groups/220940867990263


Penal II:

http://www.facebook.com/groups/356808170999395


Procesal II:

http://www.facebook.com/groups/298766216842485


Derecho Notarial y Registral

http://www.facebook.com/groups/235342483238638/


Practica Profesional I y II:

https://www.facebook.com/groups/237609539694565/


Familia y Sucesiones:

http://www.facebook.com/groups/361271520565430


Sociedades: http://www.facebook.com/groups/217108108377513
Recursos Naturales: http://www.facebook.com/groups/121571457978855/
Filosofía del Derecho: http://www.facebook.com/groups/346078958755219
Público: http://www.facebook.com/groups/251573661582550
Transporte: http://www.facebook.com/groups/369218326448668/
Tributario A: http://www.facebook.com/groups/151846784927942
Tributario B: http://www.facebook.com/groups/251362071603931
Decisión http://www.facebook.com/groups/285349564888703/
Democracia http://www.facebook.com/groups/419975818020694/
Sociología Jurídica http://www.facebook.com/groups/134960966628229/
Métodos http://www.facebook.com/groups/121742084628461/
Macro y Micro 2000 – Economia Politica 77 http://www.facebook.com/groups/411980125492608/
Presupuesto http://www.facebook.com/groups/418218918203168/
Auditoría http://www.facebook.com/groups/360529264005473/
Taller de Oratoria: https://www.facebook.com/groups/486480008031535/

SEGUNDO SEMESTRE

Comercial I:

https://www.facebook.com/groups/451575468200656/


Procesal I:

https://www.facebook.com/groups/150601005064234/


Penal I:

https://www.facebook.com/groups/459616490723136/


Obligaciones:

https://www.facebook.com/groups/392864187430257/


Laboral:

https://www.facebook.com/groups/412242262155116/


Derechos Reales:

https://www.facebook.com/groups/333981723346579/


Practica Profesional I y II:

https://www.facebook.com/groups/237609539694565/

Teorias Sociológicas: https://www.facebook.com/groups/168217193303362/
Sistemas Electorales: https://www.facebook.com/groups/339147402829603/
Contabilidad Publica: https://www.facebook.com/groups/383097208420097/
Criminología: https://www.facebook.com/groups/406440659391617/
Estructuras Pol y Admin: https://www.facebook.com/groups/216544151801190/
Consumidor: https://www.facebook.com/groups/259328087504490/
Política Económica Arg: https://www.facebook.com/groups/421353221236559/
Quiebras: https://www.facebook.com/groups/436014353105491/
Derecho Administrativo https://www.facebook.com/groups/341055255970663/
Mercosur: https://www.facebook.com/groups/417410181634978/
Internacional Privado: https://www.facebook.com/groups/388958814497205/
Métodos Alt de Investigación: https://www.facebook.com/groups/129949623811718/
Derechos Humanos: https://www.facebook.com/groups/119811474828334/
Procesos de Integración: https://www.facebook.com/groups/198744066920079/
Finanzas Publicas (orientación Gobierno) : https://www.facebook.com/groups/263365707113398/Romano II (P77): https://www.facebook.com/groups/421566811213721/
Argumentación: https://www.facebook.com/groups/339162149508091/
Taller de Oratoria: https://www.facebook.com/groups/486480008031535/
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sábado, 20 de abril de 2013

CURRICULUM VITAE DE PATRICIA MARIA MARTEAU

TITULOS UNIVERSITARIOS DE GRADO:


-Abogado. Concluidos el 20 de Diciembre de 1994.Titulo emitido el 16 de febrero de 1995 por la Universidad del Norte Santo Tomas de Aquino.-Promedio general 7,85.-


-Notario. Finalizados el 25 de Marzo de 2000. Titulo emitido el 7 de noviembre de 2000 por la Universidad del Norte Santo Tomas de Aquino.- Promedio general 9,12.-                                  

    




ANTECEDENTES EN DOCENCIA UNIVERSITARIA:



Profesora Adjunta para la Cátedra de Derecho Romano en la Universidad del Norte Santo Tomas de Aquino.- Durante el periodo comprendido entre el 1 de Abril 1996 y el el 2 de Mayo de 2006.– Contratada.-

 

Profesora Adjunta para la Cátedra de Derecho Romano en el Centro Universitario Concepción de la Facultad del Norte Santo Tomas de Aquino.- Durante el periodo comprendido entre el 1de Abril 1997 y el 2 de Mayo de 2006.–Contratada.-

 

Jefe de Trabajos Prácticos para la Cátedra de Práctica Profesional y Mediación en la Universidad del Norte Santo Tomas de Aquino.- Durante el periodo comprendido entre el 1 de Abril 2000 y el 2 de Mayo de 2006.–Contratada a cargo del entrenamiento de alumnos de la Unsta en el area de tribunales, haciendo la procuracion de asuntos de clientres atendidos a traves del consultorio jurídico gratuito del Colegio de abogados de Tucumán.- Durante el periodo comprendido entre el 1 de Abril 2000 y el 2 de Mayo de 2006.–


 


-ANTECEDENTES DE INVESTIGACION:




Beca Internacional realizando un Trabajo de Investigación sobre el tema "el carácter abstracto de la stipulatio" bajo la dirección del Dr. Gerardo Turiel de Castro, profesor titular de derecho romano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Oviedo-España,otorgada por Programa de Cooperación Interuniversitaria/ AL.E.1998, de la Agencia Española de Cooperación Internacional-AECI-Febrero-Marzo 1998.-
En Derecho Romano.- Universidad de Oviedo-Asturias.- España.-Año 1998.-Asociación Iberoamericana de Derecho Romano, con sede en Oviedo.- 



                                               


-PARTICIPACION EN CONGRESOS:





 

Participación en el panel de Disertantes en el Seminario sobre aspectos Psicosociales y jurídicos de la Violencia Familiar organizado por La Universidad del Norte Santo Tomas de Aquino y la Fundación PRO VERA VITA realizado durante los días 25 y 26 de Setiembre de 1997 (equivalente a 30 hs. Cátedra).-



Participación en el panel de Disertantes en el Congreso organizado por el programa de Atención a Menores en circunstancias especialmente difíciles del proyecto C.I.N de la Presidencia de la Nación a través de la Secretaria de Desarrollo Social realizado entre el 13 y el 29 de Agosto de 1998(con un total a 30 hs. Cátedra).-



Participante en 48 Congresos, Cursos, Seminarios y Talleres.- 





 


-PUBLICACIONES DE ARTICULOS:





 

Tema La Globalización y Reforma Judicial en América Latina. Desconfianza en el sistema publicado en la Revista Lex Colegio de Abogados de Tucumán nro. Del 31-12-2002.- con referato.-



Tema Nuestros Egresados en el Exterior, publicado en la Revista Unsta Noticias, edición febrero 22 de 2003.- con referato.-





 


-CONCURSO DE ENSAYO:




Tema El aporte de los Representantes Tucumanos en el congreso General Constituyente de 1853, Universidad del Norte Santo Tomas de Aquino, año 2005.-





 


.-PROYECTO DOCENTE:




Taller de Investigación y Práctica de Resiliencia Aplicada al ámbito académico destinado a los ingresantes y egresados, para todas las carreras que se dictan en la Universidad del Norte Santo Tomas de Aquino.-

Poner a disposición mi experiencia en los Fueros CIVIL , COMERCIAL , TRIBUTARIO Y LABORAL.- Muy buen manejo de Lex Doctor, proactividad, buen trato, orientación al cliente y al resultado, oratoria, flexibilidad, organización, dinamismo, criterio y responsabilidad, capacidad de coordinación de tareas, personalidad ejecutiva en resolución de problemas, participación constante en temas que requieren análisis , negociación y redacción de instrumentos privados en general, manejo de carteras masivas de juicios ejecutivos, manejo de las normas de la Inspección General de Justicia, en relación a trámites e inscripciones , seguimiento de las causas judiciales y extrajudiciales, confección de reportes de gestión sobre ellos, seguimiento de litigios, negociación, audiencias vinculadas a accidentes de trabajo y responsabilidad civil, disponibilidad para viajar al interior. Capacidad de análisis, meticulosa, ordenada y flexible, con capacidad para manejar diferentes tareas a la vez y habilidad en las relaciones interpersonales. Resolución de asuntos legales que se planteen en materias administrativas, impositivas, societarias, contractuales y laborales, como así también efectuar el seguimiento de las causas judiciales y extrajudiciales, la confección de reportes de gestión, buena capacidad de análisis jurídico de cuestiones litigiosas a resolver, con capacidad para manejar diversas tareas a la vez, capacidad de comunicación y resolución de las cuestiones impositivas y administrativas en la gestión de cobranzas. Experiencia en el área y estudios relacionados con el derecho y/o negociación, manejo integral de juicios civiles, laborales y comerciales (negociación, audiencias, etc.), experiencia en recupero crediticio, mediación y negociación con deudores morosos, Recuperos de Compañías de Seguros y Aseguradoras de Riesgo de Trabajo y en el área de daños y perjuicios (accidentes de transito). Manejo de Agendas. Coordinación de viajes y reuniones. Coordinación de eventos. Interacción permanente con las diferentes áreas de la organización. Tareas administrativas. Gestión de contactos. Coordinación de relaciones interpersonales, capacidad para trabajar en escenarios cambiantes. Disponibilidad para viajar, manejo de office, redacción propia, experiencia en desarrollo de nuevos flujos de negocio en actuales clientes, y gestión de potenciales nuevos clientes, dinamismo, conocimiento del mercado, orientación al logro de resultados.


ANTECEDENTES LABORALES:

 

ESTUDIO JURIDICO. 8/2002 -Actualmente en Ejercicio independiente de la profesion

ACADEMIA DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES aprenda derecho tuc abogados desde 2005 -actualmente

Escribanía de Arcadio Molina (Consultoría)
02/2000–07/2002
Puesto: Asesor jurídico - Consultor en Recursos Humanos
Descripción de tareas: diligenciamiento de instrumentos de compraventa, informes personales y dominiales, confección de boletos de compraventa, de formularios 08, de contratos, escrituras, asesoramiento jurídico a clientes, atención al público, gerenciamiento de consorcios ley 13512, supervisión de reparaciones y proveedores, supervisión de empleados, atención y asesoramiento a consorcistas, gestión de cobranzas, liquidación de expensa, asistencia a asambleas y legales. Especialista en Derecho Societario, publicación de edictos, inscripción de sociedades nacionales y extranjeras, como también trámites y la presentación de balances ante la IGJ, entre otras. Asesorar en forma integral en materia eminentemente societaria, es decir, en aspectos relacionados con Ley de Sociedades, fusiones y adquisiciones, ampliaciones de capital, trato con inversores, externos, temas contractuales, impositivos y laborales. Manejo de las normas de la Inspección General de Justicia, en relación a trámites e inscripciones y seguimiento de las causas judiciales y extrajudiciales, confeccionando reportes de gestión sobre ellos. Manejo de Conocimientos informáticos: planilla de calculo microsoft excel, procesador de texto microsoft word. Asesoria integral en derecho laboral, previsional, empresarial y tributario. Negociación y redacción de contratos de todo tipo y administración de los aspectos técnico legales de dichos acuerdos.· Asesoria a clientes en materia jurídica, especialmente en materia de propiedad intelectual: registro/oposiciones/observaciones de marcas y patentes

Universidad Santo Tomas de Aquino (Estudio jurídico, contable o similar)
03/1995–4/2006
Puesto: Docente ens. superior (cs. sociales) - Docente ens. superior (pedagogía) - Docente nivel secundario (Ed. cívica) - Docente nivel secundario (historia)
Descripción de tareas:a cargo del entrenamiento de alumnos en el area de tribunales, haciendo practica juridica y atendiendo clientes en el consultorio juridico gratuito por la UNSTA
Mutual Bernardino Rivadavia (Seguros)
02/1997–02/2000
Puesto: Abogado - Asesor jurídico
Descripción de tareas: asesoría a la compañía y a clientes de la misma, representación judicial, mediación, diligenciamiento de entrega de vehículos secuestrados, peritajes, sumarios policiales, convenios extrajudiciales, organización de seminarios de entrenamiento para el personal de la compañía. Manejo de carteras masivas de juicios civiles y comerciales, especialista en litigios, contestaciones de demanda, negociación, audiencias vinculadas a accidentes de trabajo y responsabilidad civil. Facilitar la resolución de todos los asuntos legales que se plantearon en el ámbito de la compañía en materias administrativas, impositivas, societarias, contractuales y laborales, como así también efectuar el seguimiento de las causas judiciales y extrajudiciales, la confección de reportes de gestión, la atención  de la auditoria externa en el aspecto de informes legales. Manejo integral de juicios civiles y comerciales (negociación, audiencias, etc). Recuperos de Compañías de Seguros y Aseguradoras de Riesgo de Trabajo, en el área de daños y perjuicios accidentes de transito).Manejo en los Juzgados .

 

 

 
Seguros Rivadavia del transporte Publico de Pasajeros
02/1997-06/2001
Puesto: Abogado - Asesor jurídico
Descripción de tareas: asesoría a la compañía y a clientes de la misma, representación judicial, mediación, diligenciamiento de entrega de vehículos secuestrados, peritajes, sumarios policiales, convenios extrajudiciales, organización de seminarios de entrenamiento para el personal de la compañía. Manejo de carteras masivas de juicios civiles y comerciales, especialista en litigios, contestaciones de demanda, negociación, audiencias vinculadas a accidentes de trabajo y responsabilidad civil. Facilitar la resolución de todos los asuntos legales que se plantearon en el ámbito de la compañía en materias administrativas, impositivas, societarias, contractuales y laborales, como así también efectuar el seguimiento de las causas judiciales y extrajudiciales, la confección de reportes de gestión, la atención  de la auditoria externa en el aspecto de informes legales. Manejo integral de juicios civiles y comerciales (negociación, audiencias, etc). Recuperos de Compañías de Seguros y Aseguradoras de Riesgo de Trabajo, en el área de daños y perjuicios accidentes de transito).Manejo en los Juzgados .

Fundación Pro Vera Vita (Consultoría)
05/1996–01/2000
Puesto: Asesor jurídico - Consultor en Recursos Humanos
Descripción de tareas: asesoria jurídica en Gral, especialmente sobre temas de familia y sucesiones, violencia, divorcio , régimen de menores, drogodependencia , adolescentes, mujeres en riesgo, alimentos, organizadora de eventos , disertante en conferencias en instituciones educativas y en clubes de barrios, programas de entrenamiento de jóvenes profesionales, locución de programa radial en LV7 de Tucumán los días Viernes en el horario de 24 a 3 a.m.-Rresolución de consultas efectuadas durante la emisión del programa por parte de los oyentes, en temas de Derecho de Familia fundamentalmente. Manejo de Agendas.  Coordinación de viajes, charlas, seminarios y reuniones.  Coordinación de eventos.  Interacción permanente con las diferentes áreas de la Fundación.-  Tareas administrativas. Asistencia en conferences call.  Gestión de contactos.  Coordinación de relaciones interpersonales.  Asistencia de viajes al interior/ exterior del país.  Excelente manejo de office,  redacción propia.-



Consorcio de Propietarios Edificio Torre Avenida
07/1995–01/2000
asesor-representante letrado

Puesto: Abogado - Administrador de consorcios - Asesor jurídico
Descripción de tareas: gerenciamiento de consorcios ley 13512, gestion de cobros de expensas extrajudiciales y judiciales.- Tareas de dirección en reuniones de consorcio, representacion judicial y administrativa, convenios y mediaciones en gral.-Supervision de reparaciones y proveedores, supervision de empleados, atencion y asesoramiento a consorcistas, gestion de cobranzas, liquidacion de expensas, asistencia a asambleas y legales.Trato con clientes, proveedores y empleados, capacidad de coordinacion de tareas, personalidad ejecutivo en resolucion de problemas. Actas de Asamblea, manejo de carteras masivas de juicios ejecutivos. especialista en litigios, demandas y contestaciones de demandas, negociación, audiencias vinculadas a accidentes de trabajo y responsabilidad civil, asesoramiento en forma integral en materia eminentemente civil y comercial.-seguimiento de las causas judiciales y extrajudiciales, confeccionando reportes de gestión sobre ellos.Facilitar la resolución de todos los asuntos legales que se plantearon en el ámbito del Consorcio en materias administrativas, impositivas, societarias, contractuales y laborales, informes legales y distribuir y coordinar las tareas del personal a cargo.-Conocimientos informaticos: planilla de calculo microsoft excel, procesador de texto microsoft word.A cargo de la resolución de las cuestiones impositivas y administrativas que surgieron dentro del Consorcio o desde los consorcistas.-
Tareas relacionadas con la gestión de cobranzas, litigios, con manejo integral de juicios civiles, laborales , tributarios y comerciales (negociación, audiencias, etc.).Mediación y negociación con consorcistas morosos.-


 Ejercicio de la profesión de abogado en el Consultorio Jurídico Gratuito del Colegio Publico de Abogados de Tucumán.- 07/1995 – 06/2000.- Descripción de tareas tareas de asesoramiento al publico en general y supervisión de jóvenes abogados .-

 

 
Consorcio de Propietarios Edificio Torre Avenida, sito en 24 de Septiembre nro. 675. S.M. de Tucumán.-
Seguros Rivadavia del transporte Publico de Pasajeros sito en calle Crisóstomo Álvarez 357. S.M. de Tucumán.-
Mutual Bernardino Rivadavia (Seguros)
sito en calle Crisóstomo Álvarez 357.S.M. de Tucumán.-
Escribanía de Arcadio Molina sita en calle la Madrid esq 9 de Julio. S.M. de Tucumán.-
Colegio Publico de Abogados de Tucumán.-


Participacion en :
Area del curso: Talleres y Seminarios de  Desarrollo personal
Descripción: programacion neurolinguistica en Capital Federal.-

  
Area del curso: Legales
Descripción: cursos entre seminarios, congresos y cursos, como disertante, organizadora y participante .-

 

inglés (Nivel Basico)

 

 
Microsoft Word (Nivel AVANZADO) - Microsoft Excel (Nivel AVANZADO) - Microsoft Access (Nivel Básico) - Correo Electrónico (Nivel Avanzado) - Navegadores de Internet (Nivel Avanzado)

 
Conciliaciones bancarias (Nivel Avanzado) - Créditos y cobranzas (Nivel Avanzado) - Facturación (Nivel Avanzado) - Imputaciones contables (Nivel Medio) - Liquidación de sueldos (Nivel Medio) - Pago a proveedores (Nivel Medio) - Trámites (AFIP-DGR-ANSES-ART) (Nivel Avanzado) - Trámites bancarios (Nivel Avanzado) - Cuentas Corrientes (Nivel Medio) - Liquidación de impuestos (Nivel Medio)

 

 
Antecedentes  Académicos:

Profesor Adjunto en la Cátedra de Derecho Romano en la Universidad del Norte Santo Tomas de Aquino.- 1 de Abril 1996 hasta el mes de Mayo de 2006.–

 

Profesor Adjunto en la Cátedra de Derecho Romano en el Centro Universitario Concepción.- 1de Abril 1997 hasta el mes de Mayo de 2006.–

 

Jefe de Trabajos Prácticos en la Cátedra de Práctica Tribunalicia en la Universidad del Norte Santo Tomas de Aquino.- 1 de Abril 2000 hasta el mes de Mayo de 2006.–

 Docente a cargo del entrenamiento de alumnos en el área de tribunales, haciendo practica jurídica y atendiendo clientes en el consultorio jurídico gratuito por la UNSTA.-

Publicaciones:

-Tema La Globalización y Reforma Judicial en América Latina. Desconfianza en el sistema.-  Revista Lex Colegio de Abogados. nro. 31-12-2002.- -Tema Nuestros Egresados en el Exterior, Revista Unsta Noticias, edición febrero 22 de 2003.-    

-Investigacion de Posgrado: 

 En Derecho Romano.- Universidad de Oviedo-Asturias.- España.- Febrero 1998.-Asociación Iberoamericana de Derecho Romano, con sede en Oviedo.-    

-Beca Internacional:                   

Otorgada por la Asociación Española de Cooperación Internacional-AECI-Febrero-Marzo 1998.- 

-Concurso De Ensayo: Tema El aporte de los Representantes Tucumanos en el congreso General Constituyente de 1853, Universidad del Norte Santo Tomas de Aquino, año 2003.                                             

-Trabajo de Investigación: Tema Universidad y Nuevo Milenio, Unsta, Septiembre de 2002.-

Tema Globalización y Reforma Judicial en América Latina, Revista Unsta Noticias, Junio de 2003.-

 -Proyecto Docente: Taller de Investigación y Practica de Resiliencia Aplicada al ámbito académico para ingresantes y egresados,  , para todas las carreras que se dictan en la Universidad del Norte Santo Tomas de Aquino.- Remitido a las autoridades eclesiásticas, docentes y administrativas de esta Universidad en fechas 26-02-03 y 24-03-04.-    

    

 -Taller de Investigación y Régimen de Tutorías presentado a la Universidad del Norte Santo Tomas de Aquino,y ante el centro universitario Concepción.

Agosto 2005.-